Amsterdam & Partners insta al Congreso a rechazar la enmienda del PSOE al
Proyecto de Ley de Inteligencia Artificial
Argumenta que los ciudadanos podrán ser tratados como sospechosos sin saber por qué motivo ni con qué tecnología, algo que va contra la doctrina del Tribunal Supremo y el Reglamento Europeo de IA
LONDRES, 30 de junio de 2026.- El abogado Robert Amsterdam reclama una respuesta internacional amplia y coordinada como reacción al intento del Gobierno español (a través del Grupo Socialista) de aprobar una enmienda al Proyecto de Ley Orgánica de Inteligencia Artificial, que modifica el artículo 116 de la Ley General Tributaria, para ocultar a los ciudadanos cómo Hacienda utiliza algoritmos de IA y potente tecnología israelí para realizar inspecciones fiscales.
“Al intentar colar esta vergonzosa enmienda, Hacienda está demostrando un nivel de opacidad extrema que no tiene cabida en un Estado de derecho dentro de la UE”, señala Amsterdam. “Están escupiendo en la cara de los contribuyentes españoles, ofreciendo un ejemplo muy claro de su profundo desprecio por los derechos consagrados en la Constitución, la Carta de la UE y múltiples tratados internacionales”.
La aprobación de la enmienda impondría el secreto sobre los sistemas informáticos, algoritmos y herramientas de inteligencia artificial que la Agencia Tributaria utiliza para seleccionar e inspeccionar a los contribuyentes. En concreto, prevé que la información sobre estos sistemas no sea “publicada, comunicada ni divulgada a los contribuyentes”.
Esto es un escándalo y los españoles deberían estar saliendo a la calle para protestar. Si entra en vigor, un ciudadano podrá ser identificado por un algoritmo como presunto defraudador fiscal y ser sometido a una inspección intrusiva sin poder saber nunca qué lógica, datos o parámetros desencadenaron dicho escrutinio. Esta ocultación es incompatible con el artículo 105.b) de la Constitución Española, que garantiza a los ciudadanos el acceso a los archivos y registros administrativos, y el artículo 9.3 de la misma Carta Magna, que prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos en sintonía con la Ley de Transparencia,q que somete a la Administración al escrutinio público.
Lo que hace esta maniobra especialmente grave es su oportunismo y su irregularidad procedimental, sostiene Amsterdam. La enmienda ha sido introducida en la fase final del proceso legislativo, eludiendo deliberadamente la revisión por parte del Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado y la Junta Electoral Central.
“Entendemos muy claramente por qué el Grupo Socialista buscó eludir los procedimientos normales: saben que la modificación del artículo 116 probablemente nunca resistiría un escrutinio jurídico independiente, y mucho menos tendría apoyo público. A pesar de todos sus esfuerzos, la aplicación de la legislación tributaria está sujeta a la rendición de cuentas y al Estado de derecho”, afirmó Amsterdam.
El Tribunal Supremo y la UE exigen transparencia
El Tribunal Supremo español se pronunció con claridad sobre esta cuestión hace apenas unos meses. En su histórica sentencia de septiembre de 2025 en el ‘caso Bosco’, el Tribunal estableció jurisprudencia vinculante que reconoce el derecho de acceso a los algoritmos utilizados por las administraciones públicas como un derecho constitucional, inseparable de la rendición de cuentas democrática y del derecho a la tutela judicial efectiva. El Tribunal rechazó explícitamente la seguridad nacional y la propiedad intelectual como escudos genéricos frente a la opacidad algorítmica, afirmando que cualquier algoritmo que afecte a los derechos de los ciudadanos debe estar sujeto a un escrutinio real y significativo.
No se trata de meros obiter dicta, sino de doctrina jurisprudencial vinculante: una ley ordinaria no puede válidamente dejar sin efecto una interpretación establecida por el Tribunal Supremo, y cualquier disposición que pretendiera hacerlo quedaría, por ello mismo, expuesta tanto a un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional como a una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Además, Amsterdam señala que el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial es vinculante para España. Su aplicación es directa, de obligado cumplimiento y establece requisitos de transparencia para los sistemas de IA de alto riesgo. Las herramientas de inspección fiscal automatizada, que pueden desencadenar actuaciones coercitivas con consecuencias legales y económicas devastadoras para los contribuyentes durante muchos años, se encuadran plenamente en la categoría de sistemas que requieren supervisión humana y explicabilidad efectiva.
La misma conclusión se desprende del artículo 22 del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679), que limita las decisiones basadas exclusivamente en un tratamiento automatizado que produzcan efectos jurídicos sobre una persona o le afecten significativamente de modo similar, así como del derecho —garantizado por los artículos 13 a 15 del mismo Reglamento— a obtener información significativa sobre la lógica aplicada en dicho tratamiento; un derecho que la modificación del artículo 116 de la Ley General Tributaria suprimiría de forma absoluta.
España es también signataria del Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia
Artificial y Derechos Humanos, que afirma que el uso de la IA por parte de las autoridades públicas debe estar sujeto a normas de transparencia y rendición de cuentas acordes con la gobernanza democrática y el Estado de derecho. Una ley nacional que imponga el ocultamiento permanente de los sistemas de IA del Estado a las propias personas contra las que se utilizan es incompatible con estas obligaciones.
Tampoco puede una ley interna sustraer de manera permanente toda una categoría de actuaciones del Estado al alcance de estos compromisos: conforme al artículo 96 de la Constitución Española, los tratados internacionales válidamente aprobados y publicados forman parte del ordenamiento jurídico interno y no pueden ser desplazados por una disposición interna de signo contrario.
Respaldo a la AEDAF
La modificación del artículo 116 de la Ley General Tributaria ya ha sido duramente criticada por organizaciones de referencia de la sociedad civil, entre ellas la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).
“Respaldamos y hacemos nuestras las recomendaciones de la AEDAF, y creemos que esta cuestión debe dar lugar a un debate nacional sobre la transparencia fiscal», afirmó Amsterdam. “Que un Gobierno que actualmente se tambalea bajo el peso de graves acusaciones de corrupción relacionadas con organismos dependientes de Hacienda pretenda imponer este nivel de opacidad constituye una nueva señal de alarma para quienes desean preservar la democracia en España”, añade el abogado.
Llamamiento al Congreso y a la Comisión Europea
Amsterdam & Partners LLP insta al Parlamento español a rechazar íntegramente esta enmienda. Asimismo, hace un llamamiento a la Comisión Europea para que examine si su aprobación constituiría un incumplimiento de las obligaciones de España en virtud del Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (AI Act). Del mismo modo, insta a la comunidad jurídica española —que ya ha comenzado a movilizarse— a impugnar esta medida por todas las vías disponibles.
La medida también resulta difícilmente conciliable con los artículos 41 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que garantizan, respectivamente, el derecho a una buena administración y el derecho a la tutela judicial efectiva, ambos necesariamente basados en la posibilidad de que el ciudadano conozca y pueda impugnar los fundamentos en los que el Estado basa su actuación frente a él.
«La rendición de cuentas en una democracia no termina donde comienza la autoridad algorítmica. Si acaso, en este ámbito es donde más necesaria resulta», concluyó Amsterdam. ###
Sobre Amsterdam & Partners LLP
Amsterdam & Partners LLP es un despacho internacional con sede en Londres y Washington, D.C., especializado en litigios internacionales complejos, defensa de derechos fundamentales y asuntos geopolíticos.
Más información sobre las reformas propuestas por Amsterdam & Partners LLP puede encontrarse en www.spanishtaxpickpockets.com.
###
INFORMACIÓN Y CONTACTO:
Roberto Ruiz Ballesteros [email protected], +34 606 638 936 Alberto Sierra Asensio [email protected] +34 669 127 360